¿Las pólizas de seguro tienen IVA?

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Cuando tenemos que pagar algo hay que prestar mucha atención a la factura que nos generan. ¿Las pólizas de seguro tienen IVA? Es una pregunta habitual que en MV Aseguradores nos hacen muchos clientes. Saber exactamente cómo es el cobro, es fundamental para comprobar que estamos pagando lo que corresponde.

¿las pólizas de seguro tienen IVA?

¿Las pólizas de seguro tienen IVA?

El IVA es el Impuesto sobre el Valor Añadido. Es un impuesto indirecto que se carga al consumo. Se paga en casi todas las cosas que consumimos. Entonces, ¿tienen IVA los seguros?

Hay algunas cosas que consumimos que no llevan IVA. Un ejemplo de ello son los seguros. Los seguros no llevan este impuesto, aunque sí se incluyen otros.

Todo ello queda plasmado en el artículo 20 de la Ley de Impuesto sobre el Valor Añadido. Allí queda claro que las operaciones de seguros y capitalización no llevan IVA. Pero vamos a profundizar un poco más al respecto para que no queden dudas.

¿Los seguros están exentos de IVA o no sujetos?

Los seguros están exentos de IVA. Es justamente la ley anterior la que los determina. Por ese motivo las facturas deberían de hacer referencia a dicha ley, para aclarar que se está exento de IVA.

El IVA en la póliza del seguro no está presente y si lo está es algo erróneo que deberás de subsanar con la compañía.

Así que a la pregunta de si ¿los seguros llevan IVA en las facturas? La respuesta es que no. Lo que si llevan son otro tipo de impuestos generales.


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Qué impuestos llevan los seguros

Ahora que nos ha quedado claro que los seguros no llevan IVA, vamos a ver qué otros impuestos sí lleva. Cuando tenemos delante nuestra una prima de seguro, ésta se divide en tres partes fundamentales.

Prima neta

Es el precio neto que se tiene que pagar y que es estipulado por parte de la aseguradora.

Tasa del Consorcio

Es la tasa del Consorcio de Compensación de Seguros. Se trata de una cantidad de dinero que se ingresa al Estado. Esta tiene como fin el hecho de brindar cobertura cuando hay casos especiales como por ejemplo, desastres naturales.

IPS

Y por último, la tercera parte es el Impuesto sobre la Prima de Seguro (IPS) que también se ingresa al Estado. A partir de aquí, pueden aparecer otro tipo de impuestos y tasas. Estos van a variar según el tipo de seguro que se esté contratando.

Esa recaudación del Consorcio, no sólo se hace para los casos especiales, son también para el abono de indemnizaciones. En el momento en que hace falta acudir al Consorcio, debe de tener un respaldo económico. Un ejemplo al que se podría acudir es que un coche sin seguro tenga un accidente o que haya consecuencias por un terremoto.

Hay que destacar que el Impuesto sobre la Prima del Seguro no lo incluyen todas las pólizas. Existen excepciones para ello que se establecen en el artículo 12 de la Ley 13/1996 de las Medidas Fiscales, Administrativas y Orden Social.

Recargo según el tipo de seguro a contratar

En lo que se refiere a la tasa de Consorcio, hemos visto que depende mucho del tipo de seguro. Para ello, se dividen en dos categorías especiales: los Seguros de Riesgos Extraordinarios de Daños Directos sobre bienes y los Seguros de Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria.

En el primero de ello, es para que en caso de algún evento extraordinario se pueda hacer frente a una indemnización. Se incluye en los siguientes seguros:

  • Seguro contra daños bienes.
  • Seguros de vida colectivos o individuales.
  • Seguros de no Vida.

En la segunda categoría, la tasa es de un 2% y es para asumir las indemnizaciones referentes a la Responsabilidad Civil. Todo ello en la circulación de vehículos en la vía pública.

Tomando en consideración todo lo que hemos visto, el desglose en la prima en un seguro de coche podría ser:

  • 6% de Impuesto sobre la Prima del Seguro.
  • 3,5€ tasa de Consorcio para riesgos extraordinarios.
  • 2% tasa de Consorcio para cubrir daños de Responsabilidad Civil.

También generalmente se le añade otra tasa de Liquidación de Entidades Aseguradoras. Pero esto puede variar según la Comunidad Autónoma.

El IVA en indemnizaciones por seguros

Ahora que hemos respondido a la pregunta de ¿las pólizas de seguros tienen IVA?, queda algo más pendiente.

Hay mucha confusión con esto, pues la ley no termina de estar clara. Se está solicitando un tipo de unificación de criterio en cuanto a la aplicación o no del IVA en estos casos.

Supongamos que tenemos un siniestro con el coche. El taller en la reparación va a emitir una factura con su IVA correspondiente.

A partir de allí, hay que leer muy bien el contrato de la póliza para saber quién es el destinatario de esa reparación. Es allí en donde quedará claro si además del importe de la reparación, la aseguradora se hará cargo del importe del IVA o no.

Y si por alguna razón, en ese contrato no queda claro, según la ley de la Dirección General de Tributos será quien esté obligado a pagar.

Esto quiere decir que si en el contrato no especifica nada al respecto, cuando el taller emita la factura a la aseguradora, ésta será quien la deba pagar. Si la factura va a nombre del titular del vehículo, pues será la persona quien tiene que pagar el IVA.

Lo mejor como siempre en estos casos, es tener un asesoramiento legal, pues es muy delgada la línea.

IVA en el Seguro de Transporte

Algo similar pasa con el IVA en el seguro del transporte de mercancías.

Tras el análisis de lo que dice el contrato con la aseguradora, es que podrás determinar si el seguro no me paga el IVA. Será en este caso donde habrá que iniciar acciones legales cuando esté claro y no se haya cumplido con ello.

Conclusiones finales

Como conclusión de todo esto nos queda claro la respuesta a la pregunta si ¿las pólizas de seguro no tienen IVA? Sea cual sea la modalidad que estamos contratando. Pero sí que tendrán otros impuestos y tasas añadidas como analizamos anteriormente.

En cuanto a las reparaciones de un coche, no se va a pagar el IVA si queda estipulado en el contrato. Generalmente esto se da cuando quien tiene el contrato es una persona física.

Si que se pagará el IVA por parte del tomador cuando éste sea una entidad jurídica. Esto es porque se lo podrá deducir posteriormente de las declaraciones fiscales.

Con todos estos apuntes, ahora puedes responder claramente a la pregunta de ¿las pólizas de seguro tienen IVA? Y por supuesto añadiendo su debida argumentación.

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