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¿Es obligatorio tener seguro de patinete eléctrico?

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Sí, desde enero de 2026 el seguro de patinete eléctrico es obligatorio en toda España. La normativa ha cambiado respecto a años anteriores, cuando esta cobertura era recomendable, pero no exigible con carácter general. A partir del nuevo marco legal, los Vehículos de Movilidad Personal deben contar con un seguro de responsabilidad civil para poder circular. Además, el patinete debe estar registrado previamente en la DGT y disponer de una etiqueta identificativa. Esto supone un cambio importante para los usuarios. Ya no basta con circular con prudencia, respetar las normas municipales o llevar elementos de seguridad. También es necesario cumplir con las nuevas obligaciones administrativas y aseguradoras. Hoy en el blog de MV Aseguradores te lo contamos todo.

 

Sí, el seguro de patinete eléctrico es obligatorio desde 2026

El seguro de patinete eléctrico pasa a ser obligatorio con la entrada en vigor del nuevo marco regulatorio de los Vehículos de Movilidad Personal:

  • La Ley 5/2025 crea el seguro obligatorio de responsabilidad civil para los vehículos personales ligeros.
  • El Real Decreto 52/2026 desarrolla el Registro de Vehículos Personales Ligeros y los requisitos de identificación necesarios para poder circular.

En la práctica, esto significa que los patinetes eléctricos dejan de depender solo de la recomendación o de la ordenanza municipal. La obligación se establece a nivel estatal y afecta a los usuarios que circulen con este tipo de vehículos por vías permitidas.

La cobertura mínima imprescindible es la responsabilidad civil. Esta garantía responde frente a daños causados a terceros durante la circulación. Por ejemplo, lesiones a un peatón, daños a un vehículo estacionado o desperfectos en mobiliario urbano.

Además del seguro, el patinete debe estar inscrito en el registro correspondiente de la DGT. Ese registro permite identificar el vehículo y vincularlo a su titular. Después, el patinete debe llevar su etiqueta identificativa, de forma que pueda ser reconocido en controles o incidencias.

Qué necesitas y qué pasa si no cumples

Para circular legalmente con un patinete eléctrico, el usuario debe seguir dos pasos básicos. Primero, registrar el vehículo en la DGT y obtener su identificación. Después, contratar un seguro de responsabilidad civil adaptado al patinete eléctrico.

El registro es el paso previo al aseguramiento. Sirve para individualizar el vehículo y confirmar que cumple las condiciones técnicas exigidas. Una vez registrado, el usuario podrá contratar la póliza correspondiente y circular con más seguridad.

El seguro debe estar en vigor antes de utilizar el patinete en la vía pública. No basta con haber pedido presupuesto o haber iniciado la contratación. Es importante confirmar que la póliza está activa y que la prima se ha pagado correctamente. 

Seguro para patinete eléctrico

El seguro para patinete eléctrico ya no es solo una recomendación. Desde 2026, los Vehículos de Movilidad Personal deben contar con un seguro obligatorio de responsabilidad civil para poder circular legalmente.

Como decíamos anteriormente, la normativa actual establece un marco más claro que en años anteriores. El usuario debe registrar el patinete eléctrico en la DGT, obtener su identificación y contratar un seguro de responsabilidad civil adaptado al vehículo.

No se exige permiso de conducir para utilizar un patinete eléctrico, pero sí deben cumplirse las condiciones técnicas del VMP. El vehículo debe ser de una sola plaza, contar con motor eléctrico y no superar los 25 km/h de velocidad máxima por diseño.

También hay que tener en cuenta las ordenanzas municipales. Aunque la obligación del seguro es estatal, cada ayuntamiento puede regular aspectos concretos de circulación, como el uso del casco, las zonas permitidas o la edad mínima para conducir.

Por eso, antes de circular, conviene revisar tres cuestiones básicas: que el patinete cumple los requisitos técnicos, que está inscrito correctamente y que el seguro está en vigor.

 

 


Hay mucho en juego, no te arriesgues a circular sin Seguro:

SEGURO DE PATINETES ELÉCTRICOS


Coberturas al contratar un seguro para patinete eléctrico

Como cualquier tipo de seguro, tiene unas coberturas específicas. Si bien el clásico y tradicional es la responsabilidad civil, hay que tener en cuenta otros detalles.

Aunque todo esto puede variar de una aseguradora a otra, en términos generales las coberturas son las siguientes:

Responsabilidad Civil

Es la cobertura clásica en cualquier seguro de medio de transporte. Lo que hace es cubrir los daños contra terceros cuando causemos una lesión. También tendrás cobertura si lo daños son causados al mobiliario urbano.

Según la aseguradora, se incluirá un capital máximo de cobertura. Lo mejor es revisarlo en el presupuesto o póliza para saber cuánto es.

Defensa Jurídica

Tendrás a disposición un abogado para defender en caso de que sea necesario. También te brindará asesoramiento sobre qué hacer en cada caso legal que se te presente con tu patinete eléctrico.

Daños del patinete

Suele aparecer como complemento en un seguro más completo. Se cubrirán los daños del patinete en caso de siniestro. Estos siempre y cuando sean sin intención o en un accidente.

Puedes tener la opción de enviarlo a un mecánico o que se te cubra la reparación por un determinado importe. El límite aparecerá en la póliza como en el caso de la responsabilidad civil.

Robo

Es muy importante esta cobertura hoy en día, pues los patinetes eléctricos están de moda.

Hay que leer muy bien la cobertura y los límites de esta.

Daños personales

Son aquellos daños que se le causan a una persona física. Tiene mucho que ver con la responsabilidad civil pero es una cobertura más específica.

Precio del seguro de patinete eléctrico

Un seguro de patinete eléctrico ronda los 30 euros anuales en su versión más básica. A partir de ahí puede variar según distintos factores como, por ejemplo, el tipo de patinete eléctrico a asegurar.

En cualquier caso, como siempre, es mejor tener el asesoramiento de un experto. En una correduría de seguros, tendrás la ayuda de profesionales para tomar la mejor decisión. Se te presentarán al menos tres opciones de distintas aseguradoras para que te decidas por alguna de ellas.

¿Por dónde puedo circular con mi patinete eléctrico? 

Los patinetes eléctricos son Vehículos de Movilidad Personal y tienen normas específicas. No pueden circular por aceras ni zonas peatonales. Tampoco pueden hacerlo por autopistas, autovías, vías interurbanas, travesías ni túneles urbanos.

La circulación se realiza por vías urbanas autorizadas según la ordenanza municipal. Si no existe una regulación específica, la referencia general será la calzada urbana permitida.

Esto significa que el usuario debe conocer la normativa de su municipio. Circular por zonas prohibidas puede implicar sanciones y, además, aumenta el riesgo de accidente con peatones.

También está prohibido utilizar el móvil mientras se conduce el patinete. Del mismo modo, no se pueden llevar auriculares ni otros elementos que reduzcan la atención.

¿Tengo que utilizar casco para desplazarme en patinete eléctrico?

El uso del casco depende de la normativa aplicable y de lo que establezca cada ordenanza municipal. En muchos municipios ya se exige, especialmente a menores o en determinados tipos de vía.

Aunque en algún caso no sea obligatorio, su uso es muy recomendable. Las lesiones en cabeza son uno de los riesgos más graves en accidentes con patinete eléctrico.

El casco no evita el accidente, pero puede reducir la gravedad de sus consecuencias. En movilidad urbana, donde conviven coches, bicicletas, peatones y VMP, la prevención es fundamental.

¿Qué es un Vehículo de Movilidad Personal?

La definición oficial de los Vehículos de Movilidad Personal o VMP dice que es un vehículo de una o más ruedas. Además, se aclara que es un vehículo de una única plaza que cuenta con un motor eléctrico. Por lo tanto, puede alcanzar una velocidad que va entre los 6 a los 25 kilómetros por hora.

No sólo los patinetes eléctricos se consideran VMP también los llamados Segways o los monociclos.

¿Cuál es la normativa para los Vehículos de Movilidad Personal?

La normativa de los Vehículos de Movilidad Personal se ha ido actualizando para mejorar la seguridad vial. Actualmente, los patinetes deben cumplir requisitos técnicos, registrarse cuando proceda y contar con identificación.

Además, los modelos comercializados desde enero de 2024 deben contar con certificado de circulación. Los vehículos anteriores tienen un régimen transitorio, pero también deben adaptarse a las nuevas obligaciones.

Entre las normas básicas destacan:

  • No circular por aceras ni zonas peatonales.
  • No circular por autopistas, autovías, travesías, vías interurbanas ni túneles urbanos.
  • Respetar la velocidad máxima de 25 km/h.
  • No utilizar móvil ni auriculares durante la conducción.
  • No transportar a otra persona.
  • Utilizar luces o elementos reflectantes cuando sea necesario.
  • Respetar la ordenanza municipal de cada ciudad.

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