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¿Qué impuestos paga una caravana? (2022)

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Una de las cosas que debes tener en cuenta cuando compras tu casa rodante es saber qué impuestos paga una caravana. Es algo que se paga generalmente de forma anual, con lo que tendrás que añadirlo a tu presupuesto con respecto a los gastos del vehículo. Este año hay algunos cambios con respecto a este tema. Te contamos todo a continuación.

 

Impuestos al comprar la caravana o autocaravana

Una caravana es considerada un vehículo, con lo que es necesario que esté matriculada y que cumpla con ciertos requisitos. Dentro de los impuestos que tiene que pagar una caravana o autocaravana al comprarla, nos encontramos con los siguientes:

El IVA

Es el IVA tradicional, el Impuesto sobre el Valor Añadido. Se paga cuando se compra un vehículo nuevo. En el caso de que sea un vehículo de segunda mano o que venga de importación, se va a pagar otro tipo, es el IVA REBU.

Como con todo, dependiendo del tipo de vehículo que se compre puede que existan ciertas exenciones para eliminar su pago. Siempre es importante consultar estos datos con la Administración para tenerlo claro pues puede variar según cada Ayuntamiento.

El IVA REBU

Hace referencia al Régimen Especial de Bienes Usados. Es el IVA que se aplica cuando se compra un vehículo de segunda mano. Para calcularlo, lo que se hace es ver la diferencia que existe entre la compra y la venta. Si existe una plusvalía se aplica el 21 % sobre ella.

Mucho va a depender de cómo realice la factura el vendedor del vehículo para saber si va a tener o no IVA REBU. Otro factor que va a influir es el tipo de adquisición que se ha hecho. No es lo mismo comprarlo directamente a un particular que a un profesional.

El impuesto de matriculación para caravana o autocaravana

Cuando se empieza a conducir una autocaravana o caravana, de forma inmediata es obligatorio tener pagado el Impuesto de Matriculación.

En el caso de que sea una caravana menor a 750 kilogramos, no va a requerir matriculación, ni el pago de este impuesto. Lo que sí hará falta es añadir lo que se conoce como una placa de matrícula. Esta debe de ser igual al vehículo que lo va a transportar.

Sin embargo, aquellas caravanas que tienen más de 750 kilogramos sí que deben matricularse. A la hora de poner la matrícula, se coloca en la parte trasera del vehículo. Irá justo al lado de la del vehículo que lo arrastra.

Esta matrícula que se añade es de color rojo, comienza por “R 0000 BBB”.

Es necesario presentar cierta documentación para hacer la matriculación del vehículo y pagar el impuesto. Si lo que vas a matricular es una caravana, forma parte de la categoría de vehículos de baja emisión. Esto se debe a que no tienen motor por lo que no pueden contaminar. En ese caso, lo que tendrán que pagar es la tasa de matriculación correspondiente.

Debes tener claro que el impuesto de matriculación es únicamente para aquellos vehículos de más de 750 kilogramos. Pero este peso es de carga útil no contiene la tara del remolque. Esto es porque habrá Municipios que te digan que tienes que pagar el impuesto cuando no es así. Lo que tendrás que pagar es la tasa de matriculación, que es algo diferente.

Por supuesto que si tienes una autocaravana, el pago será de las dos cosas.

Para que tengas claro el peso, tienes que calcularlo de la siguiente manera: si tu caravana pesa 1000 kilogramos de tara y tiene un MMA de 1200 kilogramos. Entonces la carga útil será de 200 gramos. Básicamente es porque la carga útil es la diferencia que existe entre la tara y el MMA.

Hay casos muy específicos de comunidades en donde cuentan con su propia ley como, por ejemplo, en Navarra. Es bueno que la consultes para tener en claro cuándo entra este pago y cuándo no.

El impuesto por transmisión de vehículo de segunda mano

Si la compra del vehículo se hace entre particulares, entonces hará falta pagar el llamado Impuesto por transmisión. Se aplica siempre que la compra sea entre dos personas y que el vehículo sea de segunda mano.

Para hacer el pago de este impuesto y operación se tiene un plazo de un mes desde la firma de la compraventa.

Hace falta presentar tanto el DNI, como la ficha técnica, el contrato de compraventa, factura, permiso de circulación, etc.

En el caso de las caravanas se aplica un tipo impositivo que va de un 4 a un 8 %. Va a depender de la zona en la que vivas. Hay cierta diferencia de un municipio a otro.

Para realizar el cambio de titular de la caravana o autocaravana, se tendrá que presentar este impuesto. La presentación se hace en la Dirección General de Tráfico en donde se va a comprobar que los datos incluidos son exactos. De lo contrario, si considera que es un precio por debajo, va a calcular y hacer su propia estimación.

Impuestos después de comprar la caravana

Tras comprar la autocaravana o caravana hay algunos impuestos que hay que tener en cuenta. Es el caso del impuesto de la tracción mecánica.

Esto es fundamental para poder tener al día la ITV y solicitar cita.

Sabes que no podrás solicitar cita si no tienes contratado un seguro de autocaravana.

El IVTM: Impuesto de Tracción mecánica

Es el impuesto que se paga para los vehículos de tracción mecánica. Se paga directamente al Ayuntamiento. Otra vez, tenemos que tener claro que si tiene un peso inferior a los 750 kilogramos, no hará falta pagarlo.

Aun así, lo importante es revisar la ley propia del Ayuntamiento correspondiente pues puedes encontrarte con alguna que otra variante.

A todo ello, hay que sumarle el precio del  seguro para caravana tan necesario. Y el pago de la ITV cuando corresponda pasarla sea anual, bianual, etc.

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