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¿Hay que incluir la venta de un coche en la declaración de la renta?

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Si has vendido tu vehículo es normal que aparezcan diversas dudas sobre si hay que incluir la venta de un coche en la declaración de la renta. Todo dependerá del tipo de coche que se ha vendido y si se ha o no obtenido beneficio patrimonial. Te contamos todo en este artículo.

 

¿En qué casos tengo que declarar la venta de un coche?

La ley 35/2006 artículo 33.5 dice que, si el vehículo ha tenido pérdida de valor patrimonial en la venta, no se añade.

Esto deja claro que los únicos casos en los que se añadirá serán cuando se haya tenido un beneficio patrimonial.

Esto es algo que sucede, por ejemplo, con los coches clásicos que van ganando valor con el paso del tiempo. En los coches tradicionales de segunda mano, su valor se va depreciando con el paso del tiempo.

¿Qué es el beneficio o ganancia patrimonial?

Se considera beneficio patrimonial cuando se obtiene más dinero por la venta del coche del que se lo compró. Esto quiere decir que si se compró el coche a 18 mil euros y se vende por 16 mil euros no existe beneficio.

En cambio, si se compra por 18 mil euros y se vende por 25 mil euros, sí que lo hay. Hay una venta por encima del precio inicial. Se ha obtenido un beneficio patrimonial que obliga a incluirlo en la declaración de la renta.

¿Cuánto hay que pagar a Hacienda por vender un coche?

El tipo impositivo a aplicar dependerá de la ganancia patrimonial que se haya tenido. Una ganancia de menos de 6 mil euros tiene un tipo impositivo del 19 %. Cuando las ganancias son de 6 mil a 49.999 euros, el tipo impositivo será del 21 %. A partir de los 50 mil euros pasa a ser del 23 %.

Los vehículos van perdiendo valor con el paso del tiempo. Hacienda cuenta con unas tablas orientativas para saber cuánto se desprecia un vehículo. Así, sabrás qué perdida ha tenido desde su compra.

Un vehículo de hasta 2 años tiene una pérdida de valor de 16 %, mientras que uno de 4 años la tiene a un 47 %. Cuando el coche tiene más de 12 años valdrá el 10 % del valor original.

¿En qué casilla debo incluir la venta del coche en la declaración de la renta?

Si se ha obtenido beneficio patrimonial se incluirá en el apartado de Rentas del Ahorro. Allí se tiene que incluir el tipo impositivo que corresponda según las ganancias que se hayan tenido.

Generalmente estos casos aparecen en la venta de coches clásicos o antiguos. También sucede cuando un vehículo se vende antes de los dos años, pero se le ha hecho cambios. Puede ser que se le hayan cambiado los neumáticos por unos con mayor calidad, se lo haya personalizado, etc.

Tener en cuenta el porcentaje a declarar a Hacienda si se obtiene beneficio es fundamental. Será así como sabrás a qué precio tienes que venderlo y cuánto margen de negociación tienes en ello.

¿Tengo que declarar la compra de un coche nuevo?

Los únicos casos en los que habrá que declarar la compra de un coche es en el caso de los autónomos. Aquí se aceptará la desgravación siempre y cuando el vehículo se justifique que sea para trabajar.

Podrán desgravarse el 50 % del IVA del coche que se ha comprado o se tiene en modalidad de renting. Si el vehículo es la herramienta de trabajo, entonces la desgravación del IVA es al 100 %. Se aplica a casos, por ejemplo, como los taxistas, conductores o transportistas. Se incluyen también los autónomos que se dediquen a la enseñanza.  El coche tiene que estar matriculado a nombre del autónomo.

Los gastos de mantenimiento y combustible también se podrán desgravar en un 50 %. Mientras que los conductores profesionales pueden desgravar el 100 % del combustible utilizado para su trabajo.

Otra opción en donde se puede incluir es en las personas con discapacidad o quienes tengan a cargo una persona con minusvalía. La aplicación se hará tanto si la persona con discapacidad es el conductor o es un familiar directo. La desgravación puede llegar a ser de un 50 % del IVA. Hay que considerar que aquí el IVA que se aplica en la compra de estos vehículos es el 4 % y no el 21 %.

¿Me puedo desgravar la compra de un coche?

Únicamente si se es autónomo y se utiliza el coche por trabajo o si se tiene un vehículo por discapacidad.

Para aquellos que hayan comprado un vehículo con ayudas del Gobierno sí tendrán que declararlo. Por ejemplo, las ayudas del Plan Renove o Plan Moves. Se tienen que declarar a Hacienda como ganancias patrimoniales lo que supone incrementar la base imponible.

En el caso de los coches de empresa dependerá de la situación. Si el empleado utiliza el coche también de forma particular, se considera un rendimiento en especie. Esto significa que el empleado va a tener que declararlo como un rendimiento más. Si se demuestra que se utiliza únicamente para trabajar entonces no hay que incluirlo.

Si el coche está a nombre de la empresa, el trabajador debe declarar el 20 % del coste anual del vehículo. Se tiene que declarar como ingresos en especie y añadirlas a las rentas de trabajo.

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Cuando el coche es de una empresa de renting el 20 % se calcula sobre el valor del mercado del vehículo. Si el vehículo es eléctrico o híbrido con autonomía superior a los 15 km, se tiene un descuento. Se aplica un 30 % de descuento de lo que haya que declarar mientras sea inferior a los 40 mil euros. Si el coche es híbrido el descuento pasa a ser del 15% de lo que haya que declarar.

Queda claro entonces que únicamente cuando haya un beneficio en la venta del coche es cuando se incluye en la renta. Si tienes dudas consulta con un profesional para que te ayude con tu declaración.


 

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