¿Qué es mejor Corredores de seguros o aseguradoras?

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Corredores de seguros o aseguradoras

En el momento de contratar un seguro, no sólo tenemos que pensar acerca de cuál es la mejor oferta sino con quién nos compensa más realizar su contratación, si con los agentes de seguros o aseguradoras. Si bien las ofertas pueden ser similares existe una diferencia entre la contratación directa y el uso de un agente de seguros para ello. Conoce más sobre el tema en este post de MV Aseguradores correduría de seguros.

Eligiendo entre Agentes de Seguros o Aseguradoras

Para quienes no lo tengan muy claro, en el Blog de MV Aseguradores especialistas vamos a comentar cuáles son esas diferencias para que puedas saberlas antes de elegir.

Qué son los agentes de seguros

Cuando hablamos de un agente de seguros nos estamos refiriendo, según la definición de la Ley 26/2006, de personas físicas o jurídicas las cuales a través de un contrato con una o varias agencias aseguradoras realizan el trabajo de mediación entre las mismas y el asegurado. Para ello, es necesario que los agentes de seguro se encuentren inscriptos en lo que se llama el Registro Administrativo Especial de mediadores de seguros y corredores de seguros.

La ley, además indica que se entiende por mediación todas las actividades que se refieren a la presentación, realización de trabajo, celebración del contrato y propuesta así como cualquier tipo de gestión en caso de un siniestro.

En definitiva, podemos decir que un agente de seguros está tutelado por una aseguradora. Y, es el que hace de intermediario entre la la compañía y el asegurado.

¿Y qué es una Correduría?

A pesar de lo anterior, hay que dejar muy claro que entre un agente de seguros y una correduría de seguros también hay diferencias claves.

La principal diferencia se basa en que los agentes de seguros tienen siempre una relación contractual con las aseguradoras. En donde se determinan las comisiones, ámbito de actuación, entre otros puntos.

En el caso de la correduría, no hay una vinculación directa con las compañías de forma contractual. Por otra parte, la correduría tiene además obligación por ley el hecho de presentar varias ofertas a los clientes para que la elección sea imparcial.

Hay muchos beneficios de contratar una correduría de seguros que puedes aprovechar.

Cómo trabajar con aseguradoras

El trabajo de los agentes de seguros con las aseguradoras, como vimos anteriormente debe de estar regido siempre por un contrato. En donde se cumpla la ley.

Además de ello, hay que cumplir con las obligaciones y restricciones que marca  la Ley 26/2006. Una de las obligaciones que indica es que por ejemplo los agentes de seguro no pueden promover con sus clientes el cambio de compañía aseguradora una vez que se haya realizado un contrato con ellos como mediadores. Tampoco podrán realizar actos de disposición sin la previa autorización de las mismas.

Sobre la retribución que reciben los agentes de seguros al trabajar con aseguradoras se va a especificar el tipo de comisión a obtener. O, cualquier otro tipo de medio económico al momento de la realización del contrato.

En el momento en que el contrato se extinga por distintas razones, es responsabilidad de la aseguradora que le advierta de esta situación a los clientes que haya realizado la contratación por medio de un agente de seguros. En este caso habrá que hacer el cambio del contrato del seguro eliminando al agente. Y, haciéndolo directamente con la compañía aseguradora.

Estas son sólo algunas de las tantas circunstancias y claves que se deben de tener en cuenta al momento de trabajar con una aseguradora. Por supuesto, que cada acuerdo es particular y se realizará de forma personalizado. Velando cada parte por tener las mejores condiciones.


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Tipos de agentes de seguros

Así como sucede con la contratación de seguros, que existen distintas variedades dentro de la misma área, pasa lo mismo con los agentes. En términos generales podríamos hablar de agentes exclusivos o agentes vinculados. Veamos las diferencias que existen entre ellos.

Agentes de seguros exclusivos

Se tratan tanto de personas físicas como jurídicas. Que a través de un contrato especial con la aseguradora se compromete a realizar la medicación de la misma frente a los clientes.

Para ello es necesario que los agentes de seguros tengan los conocimientos necesarios del tipo de seguro al cual van a representar. Previo a la realización del contrato, se deberá comprobar que se cumplen todos los requisitos que se encuentran en la Ley. Tales como son por ejemplo la honorabilidad comercial y profesional.

Si en algún momento el agente de seguros desea hacer un contrato o actuar con otra aseguradora, será la compañía de seguros con la que esté suscripto previamente la que deberá autorizarle para la celebración de ese otro contrato. Generalmente estos casos se dan cuando se tratan de seguros que la compañía aseguradora con la que tiene el contrato no trabaje. Ya que de lo contrario se estará generando una competencia.

Los agentes de seguros exclusivos tendrán algunas obligaciones frente a terceros en lo que se refiere a las comunicaciones con los clientes. Las cuales tendrán los mismos efectos que si la comunicación la hubiera hecho la compañía aseguradora directamente.

También existe un apartado muy importante referente a la Responsabilidad Civil Profesional se imputarán a la compañía aseguradora con la que se haya celebrado el contrato. Salvo aquellas que tengan que ver con responsabilidad penal o de otra índole que se recogerán en la celebración propia del contrato previamente.

Agentes de seguros vinculados

Sobre los agentes de seguros vinculados son aquellas personas tanto físicas como jurídicas que celebran un contrato de agencia de seguros con varias aseguradoras.

En este caso, es necesario que como agente de seguros se someta al régimen de la Ley general de los mismo.

Para poder actuar como agente de seguros vinculados, es necesario que se disponga de una capacidad financiera determinada. La cual en algunos casos tiene que alcanzar al menos el 4% de las primas anuales que se perciban.

Además de lo anterior, se deberá de acreditar que las compañías aseguradoras con las que se realicen los contratos asumirán en todo momento la Responsabilidad Civil Profesional derivada de la acción. Y, actuación de los agentes de seguros vinculados.

Cuando se trata de una persona física, ésta debe de tener la capacidad legal para ejercer dentro del comercio. En los casos de las personas jurídicas deben de ser sociedades mercantiles o en su defecto cooperativas que estén inscriptas en el Registro Mercantil.

En el caso de las personas físicas, se debe además de demostrar que cuentan con un curso de formación. O, al menos una prueba de aptitud en temas financieros y seguros privados para ejercer dicha profesión.

Cabe destacar que en el caso de los agentes de seguros exclusivos existe además una subcategoría. Se trata sobre los agentes de seguros afectos no representantes que tiene que ver con que se está vinculado a una aseguradora a través de un contrato de agencias de seguros pero no se actúa como representante de la misma. En caso de que sea un agentes de seguros afecto representante el caso sería diferente ya que sí podría actuar como representante de esa compañía aseguradora.

Aseguradoras autorizadas para operar en España

Es de suma importancia que los agentes de seguros al momento de realizar sus acuerdos y contratos confirmen que la aseguradora tiene la autorización debida para operar en España. De lo contrario el contrato no se podrá celebrar.

Para ello, deben de cumplir con las condiciones que exige la Ley de Ordenación y Supervisión de Seguros Privados. Es la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones los que brindan la autorización. Y, además publican en su página web oficial un listado de aquellas entidades que están autorizadas así como las que no lo están.

Dicha información es de libre acceso. Y, cualquier ciudadano puede consultarla en la página web en caso de que tenga alguna duda al respecto de lo que le ofrece tanto el agente de seguros como la entidad aseguradora.

A modo de conclusión

En conclusión general, la diferencia real entre contratar un seguro con un agente de seguros o con una aseguradora es el hecho de que el primero resulta ser un intermediario. En caso de que se trate de un agente de seguros vinculado seguramente podrá ofrecer ofertas de distintas compañías aseguradoras por lo que será una ventaja.

Pero realmente la gran ventaja de todo esto es que se podrá tratar directamente con una persona designada de agente de seguros para la tramitación no sólo de la contratación del propio seguro... sino de cualquier siniestro, duda o gestión que surja durante la duración del mismo.

En caso de dudas sobre si decidir por agentes de seguros o aseguradoras, recuerda que tienes también la opción de las corredurías de seguros. Que como dijimos anteriormente, por ley tienen la obligación de presentarte más de una oferta para que la decisión del cliente sea completamente imparcial.

A pesar de todo esto, siempre se va a intentar que el cliente tenga el seguro que más se adapte a sus necesidades, con la mejor oferta del mercado y sobre todo que sea 100% personalizado.

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